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Pasarte del plazo de tu visado en Panamá cuesta 50 USD por cada mes, o fracción de mes, que te excedas. Eso es sencillo y está publicado. Lo que pilla a la gente es la prohibición de reingreso: firmar el formulario equivocado al salir puede cerrarte las puertas del país entre dos y cinco años.
Si buscas por internet, verás que muchos dicen que pasarse del plazo en Panamá no es grave. La sanción suele ser leve, pero aun así no es buena idea.
La multa no es lo único que está en juego, y el personal de la ventanilla no te explicará el resto en inglés. Que te marches solo con un recibo o con una prohibición depende del trámite que sigas y de lo que firmes.
Esta guía explica cómo se calcula la multa, qué desencadena realmente una prohibición, cómo pagar en Migración sin perder el vuelo y qué opciones tienes si prefieres quedarte en Panamá en lugar de irte.
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Contents
- Lo más importante
- Qué cuenta como exceso de estancia
- La multa por exceso de estancia
- Prohibiciones de reingreso y deportación
- Cómo pagar la multa en Migración
- Cómo resolver un exceso de estancia
- Salidas a la frontera y el problema del turista perpetuo
- Errores habituales
- Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es la multa por exceder la estancia en Panamá?
- ¿Puedo pagar la multa directamente en el aeropuerto?
- ¿Importa pasarse un solo día?
- ¿Me prohibirán la entrada a Panamá?
- ¿Puedo solicitar la residencia si ya me he excedido?
- ¿Cuánto se tarda en resolver un exceso de estancia en Migración?
- ¿Hay ahora mismo una amnistía para las multas por exceso de estancia?
- ¿Y si no puedo pagar la multa?
- Fuentes citadas
Lo más importante
- La multa estándar por exceder el plazo es de 50 USD por mes o fracción de mes. Un solo día de más cuesta lo mismo que 29.
- La estancia turística máxima legal en Panamá es de 90 días. Los foros antiguos aún hablan de 180 días; eso cambió en 2008.
- Pedir a Migración el retorno voluntario te permite salir del país legalmente, pero la ley le asocia una prohibición de reingreso de dos a cinco años.
- Que te detengan y te deporten formalmente es mucho peor: de cinco a diez años fuera, e indefinido si vuelves a entrar sin autorización.
- Los extranjeros casados con un panameño o con un hijo panameño pagan una tarifa mensual más alta, pero su total tiene un tope de 1.000 USD y la prohibición de entrada no se les aplica.
- Una prórroga turística solo te completa hasta el máximo de 90 días. No puede llevarte más allá.
- Si solicitas un cambio de categoría migratoria, la ley permite hasta 60 días adicionales para completar el papeleo.
- En agosto de 2026 no hay ninguna amnistía general de multas abierta.
Qué cuenta como exceso de estancia
Estás excediendo tu estancia desde el momento en que se agotan los días sellados en tu pasaporte y sigues en el país. La ley no prevé ningún periodo de gracia, ni siquiera un margen de siete días al principio.
La moneda de Panamá, el balboa, está ligada uno a uno al dólar estadounidense y los dólares circulan en efectivo, así que todas las cifras de abajo valen para ambos. Los documentos oficiales escriben B/.50.00; tú pagarás 50 USD.
Cuánto tiempo puedes quedarte realmente en Panamá
Depende de tu visado. Para los visados de corta duración, como el visado de turista o la exención de visado, el límite es de 90 días.
Eso sí, el agente de la ventanilla no está obligado a darte los 90 días completos. Puede anotar 30, o 15, y desde 2023 lo hace con más frecuencia en los pasos fronterizos terrestres y en Tocumen cuando no le convencen las respuestas de la entrevista de entrada.
Lo que cuenta es el número que figura en tu pasaporte.

Consejo: haz una foto de tu sello de entrada antes de salir del aeropuerto. Es el seguro más barato contra un exceso de estancia, y la tinta de esos sellos se borra con facilidad.
Prórrogas turísticas
Existe una prórroga turística, la prórroga o extensión de turista, pero sirve para menos de lo que mucha gente espera. Solo ayuda si el agente te dio menos de 90 días al principio. Si la solicitas antes de que venza tu estancia, puedes ampliar hasta el máximo de 90 días.
La prórroga te completa hasta los 90 días, pero no puede llevarte más allá. Si te sellaron los 90 días completos, no hay nada que ampliar, y Migración te lo dirá.
La lista oficial de requisitos pide:
- una copia completa del pasaporte con al menos tres meses de validez
- un billete electrónico pagado
- una reserva de hotel, cuando proceda
- una justificación por escrito de la prórroga
- un justificante de fondos de al menos 500 USD
El formulario de solicitud de la web de Migración indica que el trámite tarda 48 horas.
Conviene saber: tienes un margen extra si vas a por la residencia. Un turista que solicita un cambio de categoría migratoria puede obtener de Migración hasta 60 días más para reunir los documentos. Eso cubre la etapa incómoda entre decidir quedarte y que te acepten el expediente.
Lee también: Opciones de visado en Panamá
La multa por exceso de estancia
Migración publica el baremo de multas en su propia página de preguntas frecuentes, y es lo bastante corto como para citarlo entero.
| Situación | Lo que pagas |
|---|---|
| Exceso de estancia estándar | 50 USD por mes vencido, o fracción de mes |
| Casado con un panameño, o con un hijo panameño | 100 USD por mes vencido, o fracción de mes |
| Registro del pasaporte (RUEX), primera vez | 5 USD |
| Timbre fiscal en un certificado de matrimonio o de nacimiento | 3 USD |
Cómo se calcula la multa
La redacción es «por mes vencido o fracción de mes», es decir, por cada mes vencido o fracción de mes. Las fracciones se redondean hacia arriba, y sin contemplaciones.
| Cuánto te has excedido | Meses cobrados | Multa |
|---|---|---|
| 1 día | 1 | 50 USD |
| 45 días | 2 | 100 USD |
| 3 meses exactos | 3 | 150 USD |
| 6 meses y 1 día | 7 | 350 USD |
| 1 año | 12 | 600 USD |
Un solo día de más cuesta los mismos 50 USD que 29 días. Así que, si ya has entrado en un nuevo mes de exceso y estás organizando el vuelo, no hay sanción económica por tomarte unos días más para hacerlo bien. Lo que te cuesta dinero es pasar al mes siguiente.

Si estás casado con un panameño
Es la única categoría a la que la ley trata con indulgencia, y la trata mejor de lo que sugiere la tarifa más alta. Si estás casado con un panameño o una panameña, o tienes un hijo panameño:
- Migración cobra 100 USD al mes en lugar de 50 USD.
- La multa tiene un tope de 1.000 USD en total.
- No hay prohibición de entrada, ni siquiera tras un exceso largo.
El resultado es mucho mejor que el de la vía estándar, donde la multa no tiene techo alguno.
Para acreditar el matrimonio necesitarás el certificado de matrimonio o el certificado de nacimiento del hijo, cada uno con un timbre fiscal de 3 USD.
Prohibiciones de reingreso y deportación
La multa es lo que todo el mundo prevé. La prohibición es lo que hace el daño de verdad, y nace del papeleo que firmas al salir, no del dinero que pagas.
Retorno voluntario
El retorno voluntario es el trámite para abandonar el país cuando tu estancia ya ha vencido. Suena a opción suave, y el papeleo es fácil. El problema es lo que lleva adjunto.
Cuando solicitas el retorno voluntario, pagas la multa mensual y la ley añade una prohibición de reingreso de dos a cinco años. Después tienes siete días para salir del país. Tanto la ley de inmigración como los propios requisitos de Migración para el retorno voluntario apuntan en la misma dirección. Lee cualquier formulario que te pidan firmar antes de poner tu nombre.
Las familias son la excepción. Si tienes cónyuge panameño o hijos panameños, en lugar de una prohibición recibes una alerta interna en tu expediente.
Consejo: no firmes una solicitud de retorno voluntario sin haberla leído y sin haber entendido que puede acarrear una prohibición de dos a cinco años. En los foros de expatriados, esta es la advertencia más constante de todo el tema. La gente va esperando pagar una multa, le dan un formulario en español, lo firma para quitarse la cola de encima y se entera de la prohibición cuando intenta volver.
Deportación
La deportación es el extremo grave de un exceso de estancia. Permanecer en el país sin documentos válidos es en sí mismo uno de los motivos previstos, de modo que un exceso largo o repetido puede hacerte pasar de pagar una multa a ser deportado.
Una deportación conlleva una prohibición mucho más pesada: de cinco a diez años, contados desde el día en que te expulsan. Más adelante puedes pedirle al director de Migración que la levante, pero es decisión suya, no un derecho que puedas reclamar.
Si ignoras la orden y te escondes, o si vuelves a colarte sin permiso, la prohibición deja de tener fecha de fin. Pasa a ser indefinida. Además, tienes que reembolsar al Estado lo que costó tu deportación antes de que te dejen volver.
Salir por tu cuenta y que te pillen se tratan de forma distinta. Si Migración o la policía te detienen con la estancia vencida, sigues pagando los 50 USD al mes, y es una segunda infracción la que te lleva a la deportación.
Expulsión
La expulsión está un escalón por encima de la deportación, y no se llega a ella solo por exceder la estancia. Se reserva para cosas como incitar al odio, amenazar la seguridad o la salud públicas, cumplir condena por un delito grave o volver a colarse tras una deportación. Un extranjero expulsado no puede regresar a Panamá nunca más.
Ese último motivo es el que conviene vigilar: una deportación que ignoras puede acabar convirtiéndose en un cierre definitivo del país.
Cómo pagar la multa en Migración
Las multas se pagan en persona en una oficina del Servicio Nacional de Migración. La principal está en la ciudad de Panamá, y las oficinas regionales siguen el mismo procedimiento.

Qué debes llevar
La lista de Migración para pagar una multa por primera vez es corta:
- Un turno «B»: pide en recepción el ticket de la cola marcado con la letra B.
- Dos fotos tamaño pasaporte: sin ropa sin mangas, sin escotes pronunciados, sin gafas de sol, sin sombreros ni gorras. Esto vale si aún no estás registrado en el RUEX.
- Una copia de la página de datos de tu pasaporte: la página con tus datos personales.
- Una copia de tu sello de entrada: el último sello de entrada, y tiene que leerse con claridad.
- 5 USD por el registro del pasaporte: el coste único del registro.
- El formulario RUEX: el Registro de Extranjería en Línea, que se completa en el portal de Migración antes de ir.
Si ya estás en el sistema, el requisito se reduce a dos líneas: presentar el pasaporte y pagar la multa.
La nota de los siete días
Una línea de la página de Migración genera más confusión que todo lo demás. Dice «De no abandonar el país en 7 días hábiles debe hacer el pago su multa», es decir, que si no sales del país en siete días hábiles, tienes que pagar la multa.
El artículo 84 te da siete días naturales para salir una vez aprobado el retorno voluntario, así que la lectura sensata es que sí existe un plazo corto, medido en días y no en semanas. Los agentes lo aplican de forma desigual. Da por hecho que vas a pagar.
En el aeropuerto de Tocumen
Los mostradores de inmigración de Tocumen no son una ventanilla de pago de multas. Si al salir aparece en la pantalla del agente un exceso de estancia sin resolver, tu pasaporte se va a otro sitio mientras alguien decide qué hacer contigo, y la cola de detrás sigue avanzando sin ti.
Los testimonios del foro de Panamá de expat.com cuentan todos lo mismo: te retienen el pasaporte en el mostrador, una larga espera en una sala aparte, los papeles aparecen al cabo de un rato y luego te mandan a una ventanilla de pago. Hay quien pierde el vuelo por esto. El consejo que se repite siempre es saldar la multa en una oficina de Migración días antes de volar, no en el aeropuerto la mañana de la salida.

Cómo resolver un exceso de estancia
La ruta que tomes depende de si quieres volver a Panamá después.
Si piensas irte
Ve a Migración, regístrate en el RUEX, paga la multa, guarda el recibo y vuela. Es la vía barata, y si tu exceso se mide en semanas y no en años, normalmente ahí acaba todo.
El papeleo es la parte delicada. El retorno voluntario y el simple pago de una multa son dos trámites distintos, y solo el primero lleva aparejada la prohibición.
Si tu español no da para leer con cuidado un formulario administrativo, ve acompañado de alguien que sí pueda, o contrata a un abogado de inmigración para la visita. El propio trámite de retorno voluntario se cotiza en entre cinco y siete días hábiles.
Si quieres quedarte
Un exceso de estancia no te descalifica para la residencia, y las categorías de residencia de Panamá son inusualmente accesibles en comparación con la mayor parte de la región.
- Visado de Naciones Amigas: para titulares de pasaporte de la lista de países admitidos.
- Visado de pensionado: si cobras una pensión vitalicia que cumpla los requisitos.
- Visado de inversor cualificado: si compras una propiedad o inviertes.
- Permiso de corta estancia para teletrabajadores: si trabajas en línea para un empleador extranjero.
Lo que hace viable esto desde dentro del país es un periodo de gracia. Una vez que presentas la solicitud para pasar de turista a residente, Migración te da hasta 60 días adicionales para terminar de reunir los documentos.
Si presentas la solicitud antes de que venza tu estancia, ese margen es tuyo. Si lo haces después, negocias desde una posición irregular y con una multa que ya corre.
Un inconveniente: cualquier solicitud presentada dentro de Panamá tiene que tramitarse a través de un abogado panameño. Es un requisito legal, no un gasto opcional, así que cuenta con los honorarios.
Amnistías y ventanas de regularización
Migración abre periódicamente programas temporales que perdonan o reducen las multas por exceso de estancia. La Resolución 1191 de enero de 2025 aceptó solicitudes de prórroga tardías de residentes cuyos permisos habían vencido.
El Decreto Ejecutivo 6 de marzo de 2025 creó el Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria para extranjeros en situación irregular que llevaban al menos un año en el país. La Resolución 6616 eximió después de toda la multa por estancia vencida a quienes lo solicitaran por primera vez.
Eran programas limitados en el tiempo y ya han cerrado. En agosto de 2026 no hay ninguna amnistía general abierta, así que cuenta con el baremo de multas estándar y consulta la sección de decretos y resoluciones de la web de Migración antes de suponer lo contrario.
Lee también:
Salidas a la frontera y el problema del turista perpetuo
Panamá tiene fronteras terrestres con Costa Rica y Colombia, y durante años lo habitual era cruzar a Paso Canoas, tomarse un café y volver con 90 días nuevos.
Ninguna ley fija un tiempo mínimo que debas pasar fuera de Panamá antes de volver como turista. Los 30 días que circulan en los grupos de expatriados no figuran en las publicaciones oficiales (Decreto Ley 3 o Decreto Ejecutivo 320).
Lo que hay en su lugar es la discrecionalidad del agente. El personal de inmigración puede entrevistarte, comprobar tus datos biométricos, inspeccionar tu equipaje y pedirte justificantes de fondos y de viaje de salida antes de dejarte entrar.
En los foros de expatriados, los testimonios apuntan en la misma dirección. La salida a la frontera aún funciona para algunos, pero la entrevista de entrada se ha endurecido de forma notable para quien tiene en el pasaporte una serie de estancias consecutivas de 90 días. Los agentes pueden escribir, y escriben, un número de días menor en el sello, así que la escapada que hiciste para conseguir 90 días puede darte 15.

Vivir en Panamá a base de sellos turísticos sucesivos también te deja sin tarjeta de residencia, lo que cierra una larga lista de gestiones corrientes. No puedes abrir una cuenta bancaria sin ella en la mayoría de las entidades, sacarte el carné de conducir panameño exige residencia, y la mayoría de los contratos de alquiler de larga duración piden un número de cédula que no tienes.
Errores habituales
Los excesos de estancia que acaban saliendo caros casi nunca empiezan con alguien que decide saltarse las normas.
- Fiarse de la cifra de «180 días». Panamá permitió 180 días en su día. El Decreto Ley 3 lo sustituyó en 2008, y los mensajes de foros anteriores se siguen citando como si fueran actuales. La cifra es 90.
- Dar por hecho que te dieron la estancia completa. El agente escribe un número concreto junto al sello, y cada vez es más a menudo distinto de 90. Nadie te lo anuncia en el mostrador.
- Firmar el retorno voluntario sin leerlo. El formulario lleva aparejada una prohibición de dos a cinco años. Es la forma más común de acabar con una prohibición que no sabías que tenías.
- Esperar al aeropuerto. Inmigración en Tocumen no está preparada para cobrarte y dejarte pasar. Resuélvelo antes en una oficina de Migración.
- Dejar que un expediente de residencia se pase del plazo. La prórroga de 60 días del artículo 17 se aplica a quienes solicitaron un cambio de categoría. Si pierdes la ventana, eres alguien que se ha excedido con una solicitud pendiente, y no un turista con prórroga.
- Hacerlo solo con un español flojo. Todo en Migración se hace en español y por escrito, y la diferencia entre dos formularios puede ser una prohibición de cinco años. Los abogados de inmigración de la ciudad de Panamá lo tramitan a diario y sus honorarios son pequeños frente al riesgo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por exceder la estancia en Panamá?
50 USD por cada mes o fracción de mes de exceso, sin límite máximo. Los extranjeros casados con un panameño o con un hijo panameño pagan 100 USD al mes, con un tope de 1.000 USD en total.
¿Puedo pagar la multa directamente en el aeropuerto?
No. Las multas se pagan en una oficina del Servicio Nacional de Migración, y presentarse en Tocumen con un exceso sin resolver es la forma de perder el vuelo. Resuélvelo antes de viajar.
¿Importa pasarse un solo día?
Económicamente cuesta lo mismo que cualquier otro exceso dentro del primer mes: 50 USD. También deja en tu expediente un registro de estancia irregular, que es lo que verá el agente de inmigración la próxima vez que entres.
¿Me prohibirán la entrada a Panamá?
Pagar una multa por sí solo no conlleva prohibición. El retorno voluntario lleva por ley una prohibición de dos a cinco años, y una deportación formal, de cinco a diez, que se prolonga indefinidamente si vuelves a entrar sin autorización. Quienes tienen cónyuge o hijos panameños están exentos de la prohibición de entrada y reciben en su lugar una alerta interna.
¿Puedo solicitar la residencia si ya me he excedido?
Sí. Un exceso de estancia no te descalifica para ninguna de las categorías de residencia de Panamá, aunque saldarás la multa pendiente como parte de la regularización. Las solicitudes presentadas dentro de Panamá deben tramitarse a través de un abogado panameño.
¿Cuánto se tarda en resolver un exceso de estancia en Migración?
Un pago de multa sin complicaciones se resuelve en una visita el mismo día si tus documentos están en orden y ya estás registrado. El retorno voluntario se cotiza en entre cinco y siete días hábiles.
¿Hay ahora mismo una amnistía para las multas por exceso de estancia?
No. Migración ha llevado a cabo programas temporales que eximían de multas para determinadas vías de regularización, el más reciente en torno al Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria en 2025, pero ninguno está abierto en agosto de 2026.
¿Y si no puedo pagar la multa?
Existe una vía formal de recurso. El artículo 312 del Decreto Ejecutivo 320 permite presentar un recurso de reconsideración contra una sanción pecuniaria, en los cinco días hábiles siguientes a la notificación y con fundamentos por escrito. Es trabajo de abogado, y el plazo es corto.
Fuentes citadas
- Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008 (Gaceta Oficial 25986): el límite turístico de 90 días (art. 16), la prórroga de 60 días por cambio de categoría (art. 17), los motivos de deportación (art. 65), la prohibición de cinco a diez años tras la deportación (art. 69), el reembolso de los costes de deportación (art. 70), la expulsión y la exclusión permanente (arts. 71-72), y la multa por exceso de estancia y la prohibición de dos a cinco años por retorno voluntario (art. 84).
- Decreto Ejecutivo 320 de 8 de agosto de 2008 (Gaceta Oficial 26104): la validez del visado y de la tarjeta de turista (arts. 16 y 19), la prórroga turística con tope de 90 días (art. 21), la obligación de tramitar a través de abogado (art. 15), el plazo del recurso de reconsideración (art. 312) y la tabla de sanciones administrativas (art. 313).
- Servicio Nacional de Migración, Preguntas frecuentes: el baremo de multas publicado actualmente, el coste del registro RUEX, los requisitos de documentos y fotos para pagar una multa, la nota de los siete días hábiles, la lista de documentos del retorno voluntario y el plazo de tramitación de cinco a siete días hábiles.
- Servicio Nacional de Migración, Requisitos para solicitar extensión de visa de turista: la lista de documentos de la prórroga turística y el umbral de fondos de 500 USD.
- Servicio Nacional de Migración, Decretos y Resoluciones 2025: Resolución 1191, Decreto Ejecutivo 6 y Resolución 6616 sobre regularización temporal y exenciones de multa.





